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¿Cuál es el procedimiento a seguir para la notificación de la solicitud de la cancelación de un registro marcario?

Recibida una solicitud de cancelación, la oficina nacional competente notificará al titular de la marca registrada para que, dentro del plazo de 60 días hábiles contados a partir de la fecha de la notificación, haga valer los alegatos y las pruebas que estime pertinentes. El artículo 170 de la Decisión 486 de la Comisión de la Comunidad Andina no aborda el supuesto en que previamente a la presentación de la solicitud de cancelación de registro se hubiese presentado una solicitud de transferencia del referido registro.



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