- 03 de March de 2022
- Publicado por: s.admin
- Categoría: Noticias
La Dirección de Signos Distintivos, en primera instancia, declaró infundada la demanda de oposición formulada por la sociedad PRODUCTOS ALIMENTICIOS DORIA y, como consecuencia, concedió el registro de la marca BOTTICELLO, en las clase 33, a nombre de MEICO S.A, sociedad apoderada por VERA ABOGADOS.
La sociedad PRODUCTOS ALIMENTICIOS DORIA, argumentó que existía un riesgo de confusión y asociación en contra de su marca MONTICELLO, al indicar que en el plano ortográfico, el signo solicitado era bastante similar a la marca registrada.
Por su parte, VERA ABOGADOS a nombre de su cliente argumentó que las marcas no presentaban una conexión competitiva. Los productos de la Clase 33 se venden en secciones especializadas, mientras que las pastas y los otros productos protegidos por la marca de la opositora se comercializan en secciones diferentes.
La SIC concluyó que a pesar que la marca MONTICELLO posee una alta notoriedad, los productos que distingue no tienen ninguna relación de naturaleza con los productos que distingue la marca BOTICELLO, acogiendo en un todo los argumentos exhibidos por VERA ABOGADOS.