La similitud entre el nuevo signo que se solicita registrar y uno ya existente podría llevar al consumidor a creer que ambos pertenecen a la misma línea o marca de productos - VERA ABOGADOS ASOCIADOS S.A., Registro de Marcas en Colombia, Registro de marcas, Propiedad Industrial, Derecho Corporativo, Inversión Extranjera, Abogados de Marcas, Abogados Registro de Marcas - Colombia,Ecuador

La similitud entre el nuevo signo que se solicita registrar y uno ya existente podría llevar al consumidor a creer que ambos pertenecen a la misma línea o marca de productos

Negadas pretensiones de nulidad incoadas en contra de los actos administrativos pro medio de los cuales se negó el registro como marca del signo “NEOM” para distinguir productos de la Clase 3 de la Clasificación Internacional de Productos y Servicios para el Registro de las Marcas, al precisar que las prendas de vestir que identifica la marca, previamente registrada “NEIM”, normalmente son ofrecidas de manera conjunta por un mismo empresario con los perfumes y cosméticos que pretende amparar el signo cuestionado en los mismos establecimientos de comercio, lo que pone de presente la evidente conexidad competitiva dichos productos.

Así las cosas, al existir semejanza entre las expresiones confrontadas y una relación entre los productos que distinguen, debe concluirse que las mismas no pueden coexistir pacíficamente en el mercado porque, podrían generar riesgo de confusión que llevaría al consumidor promedio a asumir que dichos productos tienen un mismo origen empresarial, lo cual beneficiaría la actividad empresarial del demandante, en caso de registrar su signo.

En virtud de lo anterior, es evidente que también existe riesgo de confusión indirecta para el consumidor promedio, en lo tocante al origen empresarial, por razón de la semejanza antes anotada, lo que daría lugar a que el consumidor en mención creyera que los productos que distinguen ambas expresiones provienen del mismo titular. Y con fundamento en las mismas razones, la Sala concluye que también existe riesgo de asociación debido a que el consumidor podría pensar erróneamente que los productos identificados con esas expresiones son productores relacionados económicamente.

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