- 28 de mayo de 2026
- Publicado por: s.admin
- Categoría: Noticias
El Consejo de Estado, Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección Primera, profirió sentencia favorable dentro de una acción de nulidad relativa presentada contra la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC), relacionada con el registro de la marca mixta “SOL” concedida a favor de Cervezas Cuauhtémoc Moctezuma S.A. de C.V.
La acción contenciosa administrativa fue instaurada por la titular de las marcas previamente registradas “SOL” en Colombia, utilizadas para distinguir bebidas comercializadas en el país por la sociedad Productos SOL S.A.S.
En su decisión, el Consejo de Estado acogió los argumentos de la demanda y concluyó que la marca “SOL” presentaba similitudes ortográficas, fonéticas e ideológicas respecto de las marcas previamente registradas por la demandante, generando riesgo de confusión para el consumidor.
Asimismo, la Sala consideró que existía conexión competitiva entre los productos identificados por los signos en conflicto, todos pertenecientes a la misma clase internacional.
El alto tribunal declaró la nulidad de las resoluciones expedidas por la SIC, ordenó la cancelación del registro de la marca mixta “SOL”, certificado No. 648783, y dispuso la publicación de la parte resolutiva de la sentencia en la Gaceta de Propiedad Industrial.
Esta decisión constituye un precedente relevante en materia de protección marcaria y análisis del riesgo de confusión en el mercado de bebidas.

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