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Dentro de la Comunidad Andina de Naciones, ¿Es posible realizar la conversión de una patente de invención a una de modelo de utilidad?

De acuerdo con el artículo 35 de la Decisión 486, la conversión de una solicitud de patente de invención en una solicitud de patente de modelo de utilidad puede ser requerida por el solicitante o puede ser propuesta por la oficina nacional competente del país miembro respectivo. Solamente podrá ser solicitada una vez, en cualquier momento o etapa del trámite. En caso de que la oficina nacional competente proponga la conversión, el solicitante tiene la facultad de aceptarla o rechazarla. En caso de esto último, se continuará el trámite de la solicitud primigenia (la solicitud de la patente de invención).



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