- 02 de March de 2021
- Publicado por: s.admin
- Categoría: Noticias
No hay comentarios
Las infracciones prescriben a los dos años contados desde la fecha en que el titular tuvo conocimiento de la infracción, o en todo caso, a los cinco años contados a partir de que se cometió la infracción por última vez. Si el plazo venció, la acción se torna improcedente.