- 25 de marzo de 2021
- Publicado por: s.admin
- Categoría: Noticias
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Hacen parte de los actos de competencia desleal. En los actos de confusión no se trata de establecer un análisis en materia de confundibilidad de signos distintivos, se pueden presentar de diversas maneras; incluso, darse en forma de artificios, engaños, aseveraciones, envío de información, imitación de productos entre otros. Para catalogarlos, es condición necesaria que los competidores concurran en un mismo mercado, puesto que, si no hay competencia, no se podría hablar de competencia desleal.