- 24 de abril de 2025
- Publicado por: s.admin
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El señor LUIS ABELARDO RINCÓN solicitó el registro de la marca DOÑA ANITA para distinguir productos de la clase 30.
Una vez publicada la solicitud en la gaceta oficial, VERA ABOGADOS a nombre de su cliente la sociedad ANITA FOOD S.A, domiciliada en Perú, formuló demanda de oposición con la solicitud del Sr Rincón, con base en la marca registrada DOÑA ANITA en Colombia, Perú y otros paises, precisamente para distinguir productos de la clase 30.
La demanda de oposición prosperó y la SIC mediante decisión de fecha marzo 31 de 2.025 procedió a declarar fundada la demanda de oposición de ANITA FOOD S.A. y a negar la solictud de registro DOÑA ANITA pretendida por el Sr Rincón.
Esta noticia fue destacada por el periódico económico LA REPÚBLICA.