Si un usuario desea cancelar el registro de su marca, pero decidió darle un último uso 6 meses antes de su cancelarla, ¿Es procedente tal cancelación? - VERA ABOGADOS ASOCIADOS S.A., Registro de Marcas en Colombia, Registro de marcas, Propiedad Industrial, Derecho Corporativo, Inversión Extranjera, Abogados de Marcas, Abogados Registro de Marcas - Colombia,Ecuador

Si un usuario desea cancelar el registro de su marca, pero decidió darle un último uso 6 meses antes de su cancelarla, ¿Es procedente tal cancelación?

No. Para que proceda la cancelación de una marca por falta de uso, la ausencia de uso tiene que darse en los tres años consecutivos precedentes a la fecha en que se inicie la acción de cancelación, es decir, en los tres años inmediatamente anteriores a la presentación de la acción. Lo anterior significa que basta que el titular haya usado la marca en algún momento durante esos tres años para que no proceda la cancelación del registro por falta de uso.



Abrir chat
Gracias por comunicarse con VERA ABOGADOS, ¿Cómo podemos ayudarle?