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¿Cuándo procede la cancelación de una marca por no uso?

La cancelación por falta de uso de una marca es una figura que surge ante la existencia de marcas registradas, pero no usadas. De esta manera, para que proceda la misma, la ausencia de uso tiene que darse en los tres años consecutivos precedentes a la fecha en que se inicie la acción de cancelación; es decir en los tres años inmediatamente anteriores a la presentación de la acción. Precisando, que basta que el titular haya usado la marca en algún momento durante esos tres años para que no proceda la cancelación del registro por falta de uso.



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