De acuerdo con el numeral 3 artículo 56 de la Ley 1480 de 2011, la Superintendencia de Industria y Comercio, no es competente para ordenar el reconocimiento de indemnizaciones por fallas o incumplimientos contractuales - VERA ABOGADOS ASOCIADOS S.A., Registro de Marcas en Colombia, Registro de marcas, Propiedad Industrial, Derecho Corporativo, Inversión Extranjera, Abogados de Marcas, Abogados Registro de Marcas - Colombia,Ecuador

De acuerdo con el numeral 3 artículo 56 de la Ley 1480 de 2011, la Superintendencia de Industria y Comercio, no es competente para ordenar el reconocimiento de indemnizaciones por fallas o incumplimientos contractuales

El día 30 de noviembre de 2020, la parte actora adquirió en la página web de la demandada un sofá, por valor de $779.000. Señala que las inconformidades se dieron porque el día 28 de diciembre llamo a preguntar por el producto y le indicaron que apenas lo iban a confeccionar, ante lo cual procedió a solicitar el reintegro del dinero debido a la demora en la entrega. Ese mismo día, elevó reclamación directa ante la pasiva de forma escrita, solicitando que el demandado le pague una indemnización por $200.000. A pesar de lo anterior, la demandada guardó silencio. Resolviendo, la SIC considera que de conformidad con el acervo probatorio allegado por las partes al presente proceso y teniendo en cuenta que el extremo demandado no acreditó la existencia de una causal de exoneración de responsabilidad, a la luz de lo dispuesto en el artículo 16 del Estatuto del Consumidor, se declarará la vulneración de los derechos discutidos y ordenará a la demandada que, a título de efectividad de la garantía, devuelva el 100% del dinero cancelado por el sofá en caso de no haberlo hecho. Se recuerda que frente al reconocimiento de una indemnización, la SIC no tiene competencia para reconocer indemnizaciones de perjuicios o incumplimientos contractuales propiamente dichos respecto de procesos de efectividad de la garantía encaminados a obtener la entrega, reparación, cambio o reembolso del dinero cancelado por bienes y servicios, en esa medida no se realizará pronunciamiento sobre el particular.



Abrir chat
Gracias por comunicarse con VERA ABOGADOS, ¿Cómo podemos ayudarle?